NORMAS AL DIA - MUNICIPALIDAD DE COMAS - PRÓRROGAS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS.
La Municipidad de Comas, a través de la Ordenanza N° 382-MDC ha dispuesto lo siguiente:
1. Prorrogar hasta el 31 de marzo el pago de la primera cuota del impuesto predial.
2. Prorrogar hasta el 31 de marzo el pago de arbitrios, parques y jardines, limpieza pública y serenazgo correspondientes a enero y febrero.
3. Exonerar del pago de arbitrios, parques y jardines, limpieza pública y serenazgo a organizaciones sociales entidades sin fines de lucro que prestan servicios a la municipalidad y a pobladores que se encuentran en precariedad económica, previa evaluación.
TRIBUTACIÓN PRÁCTICA nace con la finalidad de brindar a los operadores tributarios tips, ideas, advertencias, comentarios y cuestionamientos sobre el sistema tributario peruano y como debe ser nuestra actuación frente a él con la finalidad de trabajar mejor, sin sobresaltos y disminuir errores que cometemos diariamente.
domingo, 10 de marzo de 2013
viernes, 8 de marzo de 2013
Registro de Operadores Turisticos, Pre-publicación
LO ULTIMO - REGISTRO DE OPERADORES TURISTICOS - PRE PUBLICACION DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA-
El día de ayer jueves 7 de marzo la SUNAT ha prepublicado un proyecto de Resolución de Superintendencia que regula el Registro Especial de Operadores Turísticos, vinculado a la exportación de servicios dispuesta en el numeral 9 del artículo 33° de la Ley del IGV e ISC.
Norma esperada y exigida por los operadores turísticos para poder acceder al beneficio del saldo a favor del exportador.
Resulta raro sin embargo que la SUNAT haya establecido que el plazo para la remisión de observaciones y sugerencias venza el día de mañana sábado 9 de marzo. Esto significa que la SUNAT sólo concede a todo el sector de turismo 2 días calendario o 1 día hábil. ¿Es ello legal?
Para acceder al proyecto mencionado les dejo el enlace:http://www.sunat.gob.pe/ legislacion/proyectos-ti/2013/ proy-normas.html
El día de ayer jueves 7 de marzo la SUNAT ha prepublicado un proyecto de Resolución de Superintendencia que regula el Registro Especial de Operadores Turísticos, vinculado a la exportación de servicios dispuesta en el numeral 9 del artículo 33° de la Ley del IGV e ISC.
Norma esperada y exigida por los operadores turísticos para poder acceder al beneficio del saldo a favor del exportador.
Resulta raro sin embargo que la SUNAT haya establecido que el plazo para la remisión de observaciones y sugerencias venza el día de mañana sábado 9 de marzo. Esto significa que la SUNAT sólo concede a todo el sector de turismo 2 días calendario o 1 día hábil. ¿Es ello legal?
Para acceder al proyecto mencionado les dejo el enlace:http://www.sunat.gob.pe/
Verificación de Obligaciones - No asistencia
MUCHO OJO – FACULTAD DE FISCALIZACIÓN - VERIFICACION DE OBLIGACIONES – NO ASISTENCIA.
Si fuiste citado a un Centro de Verificación y Fiscalización y no pudiste
asistir, a pesar de haber sido correctamente notificado, procura obtener el “Acta
de Asistencia” que levanta el verificador de la SUNAT. Lamentablemente se han
detectado casos en donde, a pesar que el contribuyente citado no acudió, el
Acta de Asistencia se cerró señalando que el contribuyente citado “no presentó
o no exhibió la documentación solicitada”. Esta situación es errada porque lo
que ha ocurrido es la “no comparecencia” y no la “no exhibición de la
documentación solicitada”. La diferencia
es crucial. La infracción vinculada a la no comparecencia está tipificada en el
numeral 7° del Artículo 177°, mientras que la no exhibición de la documentación
solicitada es la infracción del numeral 1 del Artículo 177°. Debemos recordar
que cometer la infracción del numeral 1°, configura la causal de ingreso como
recaudación de las detracciones depositas en el Banco de La Nación, mientras
que la infracción del numeral 7 no. Entonces, cuidemos mucho este aspecto.
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177 numeral 1,
177 numeral 7,
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fiscalización,
ingreso como recaudación,
mucho ojo
Facultad de Fiscalización - Verificación de Obligaciones
TRIBUTIP – FACULTAD DE FISCALIZACIÓN - VERIFICACIÓN DE OBLIGACIONES. Si has recibido una esquela, carta o requerimiento para que asistas a un Centro de Verificación y Fiscalización para presentar y/o exhibir algún tipo de información o documentación y no te atienden en la fecha en que te citaron, es tu derecho exigir que se levante un Acta de Asistencia en donde se deje constancia de tu presencia y del hecho que no fueron atendidos. No basta el dicho del vigilante, supervisor o jefe de la oficina, señalándote que se te citará nuevamente. Con ello evitarás que te emitan una multa por no comparecer. Recuerda, en el sistema tributario peruano, papelito manda…
jueves, 7 de marzo de 2013
Auditoria Parcial - Primer Requerimiento
BUSCO OPINIONES - PRIMER REQUERIMIENTO DE AUDITORIA PARCIAL
Es sumamente común que en el primer requerimiento de auditorias parciales del IGV, en donde se fiscalizan el elemento compras de sólo 3 o 4 periodos de un mismo año (pej. mayo-agosto de 2011) se requiere la exhibición de la contabilidad de costos, inventarios al inicio del ejercicio precedente, balances de comprobación, libro diario, mayor, etc. ¿Es ello correcto? ¿Se puede pedir en este tipo de auditorias documentación que se relaciona con el tributo y elemento fiscalizado?
Compartan sus experiencias y déjenmos saber que opinan.
Es sumamente común que en el primer requerimiento de auditorias parciales del IGV, en donde se fiscalizan el elemento compras de sólo 3 o 4 periodos de un mismo año (pej. mayo-agosto de 2011) se requiere la exhibición de la contabilidad de costos, inventarios al inicio del ejercicio precedente, balances de comprobación, libro diario, mayor, etc. ¿Es ello correcto? ¿Se puede pedir en este tipo de auditorias documentación que se relaciona con el tributo y elemento fiscalizado?
Compartan sus experiencias y déjenmos saber que opinan.
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