viernes, 8 de marzo de 2013

SUNAT - HORARIO POR CAMPAÑA DE RENTA

LO ULTIMO - HORARIO DE SUNAT POR CAMPAÑA DE RENTA

Registro de Operadores Turisticos, Pre-publicación

LO ULTIMO - REGISTRO DE OPERADORES TURISTICOS - PRE PUBLICACION DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA-
El día de ayer jueves 7 de marzo la SUNAT ha prepublicado un proyecto de Resolución de Superintendencia que regula el Registro Especial de Operadores Turísticos, vinculado a la exportación de servicios dispuesta en el numeral 9 del artículo 33° de la Ley del IGV e ISC.
Norma esperada y exigida por los operadores turísticos para poder acceder al beneficio del saldo a favor del exportador.
Resulta raro sin embargo que la SUNAT haya establecido que el plazo para la remisión de observaciones y sugerencias venza el día de mañana sábado 9 de marzo. Esto significa que la SUNAT sólo concede a todo el sector de turismo 2 días calendario o 1 día hábil. ¿Es ello legal?
Para acceder al proyecto mencionado les dejo el enlace:http://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2013/proy-normas.html
NORMAS AL DIA - VENCIMIENTO - IMPUESTO PREDIAL Y VEHICULAR - MUN. PROV. CALLAO
Hoy 8 de marzo se publica en el DOEP la Ordenanza N° 005-2013 que prorroga el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular del Ejercicio 2013 hasta el 30 de marzo de 2013.

Verificación de Obligaciones - No asistencia


MUCHO OJO – FACULTAD DE FISCALIZACIÓN -  VERIFICACION DE OBLIGACIONES – NO ASISTENCIA.
Si fuiste citado a un Centro de Verificación y Fiscalización y no pudiste asistir, a pesar de haber sido correctamente notificado, procura obtener el “Acta de Asistencia” que levanta el verificador de la SUNAT. Lamentablemente se han detectado casos en donde, a pesar que el contribuyente citado no acudió, el Acta de Asistencia se cerró señalando que el contribuyente citado “no presentó o no exhibió la documentación solicitada”. Esta situación es errada porque lo que ha ocurrido es la “no comparecencia” y no la “no exhibición de la documentación solicitada”.  La diferencia es crucial. La infracción vinculada a la no comparecencia está tipificada en el numeral 7° del Artículo 177°, mientras que la no exhibición de la documentación solicitada es la infracción del numeral 1 del Artículo 177°. Debemos recordar que cometer la infracción del numeral 1°, configura la causal de ingreso como recaudación de las detracciones depositas en el Banco de La Nación, mientras que la infracción del numeral 7 no. Entonces, cuidemos mucho este aspecto. 

Facultad de Fiscalización - Verificación de Obligaciones

TRIBUTIP – FACULTAD DE FISCALIZACIÓN - VERIFICACIÓN DE OBLIGACIONES. Si has recibido una esquela, carta o requerimiento para que asistas a un Centro de Verificación y Fiscalización para presentar y/o exhibir algún tipo de información o documentación y no te atienden en la fecha en que te citaron, es tu derecho exigir que se levante un Acta de Asistencia en donde se deje constancia de tu presencia y del hecho que no fueron atendidos. No basta el dicho del vigilante, supervisor o jefe de la oficina, señalándote que se te citará nuevamente. Con ello evitarás que te emitan una multa por no comparecer. Recuerda, en el sistema tributario peruano, papelito manda…